El Boletín de los Nombres de Dominio - Nº 10 (28 de octubre de 1.998) |
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Página de la IANA dedicada a Jon Postel: http://www.iana.org/postel/postel-tribute.html - Sobre la continuidad en el sistema, la nueva corporación que sustituirá a la IANA, y la prórroga en el contrato con NSI. Para resumir podría decirse que, de momento, todo sigue igual: La NSI seguirá, como hasta ahora, al frente de los principales dominios genéricos internacionales con la prórroga que recientemente se ha aprobado; la nueva institución permanecerá bajo el sistema jurídico norteamericano, si bien, eso sí, se reconoce que estará integrada por representantes de todo el mundo; en definitiva, la Administración estadounidense estará contenta pues, hasta nadie sabe cuando, el sistema jurídico de este país de la América del norte seguirá siendo, como hasta ahora, y según denunciaba el Consejo de Estado francés, quien pueda tener la última palabra en relación con los conflictos que surjan. No es difícil pensar que los intereses particulares de este Estado sean tenidos en cuenta en mayor medida que los del resto de países del mundo, en detrimento de su soberanía como pone de manifiesto el citado informe que ya se encuentra disponible en su versión inglesa (http://www.internet.gouv.fr/francais/textesref/rapce98/accueil.htm). El gobierno estadounidense ha aprobado el proyecto presentado por la IANA en relación con la entidad llamada a sucederla al frente del gobierno del sistema de nombres de dominio. La carta de acompañamiento al proyecto de la IANA, firmada por el difunto Jon Postel, se puede obtener en:http://www.iana.org/submitted/sub-letter.html De acuerdo con esta propuesta ( http://www.iana.org/submitted/sub-articles.html ), la nueva organización denominada "Internet Corporation for Assigned Names and Numbers" (ICANN) será una corporación pública sin ánimo de lucro, creada bajo la Ley Californiana de aplicación a las entidades sin ánimo de lucro: "California Nonprofit Public Benefit Corporation Law", haciendo referencia incluso a las leyes fiscales estadounidenses para perfilar su régimen jurídico. Queda claro, por tanto, la jurisdicción a la cual queda sometida esta organización. En ese mismo texto se hace referencia a que esta organización nace para servir a toda la comunidad Internet, pero lo cierto es que esta entidad y, por tanto, todo el sistema de nombres de dominio, quedan presos del sistema jurídico y judicial norteamericano, a menos que la iniciativa de la OMPI llegue al puerto que todos esperamos y la jurisdicción que dirima las controversias sea realmente internacional, dado que la entidad situada al frente del sistema, en efecto, no lo es en absoluto. La sección sexta de los "estatutos" (http://www.iana.org/submitted/sub-bylaws.html), cuyo título es "INTERNATIONAL REPRESENTATION" pretende asegurar un cierta representatividad geográfica en los puestos de dirección de la entidad como insuficiente concesión al necesario carácter internacional que es necesario conferir a la organización. En esa carta se comenta como, siguiendo las directrices del "Libro Blanco", se ha creado un "Interim Board", del cual forma parte el español Eugenio Triana, consultor en materias de políticas de telecomunicación, sistemas espaciales y de satélites, y de propiedad intelectual e industrial, que ha estado trabajando en la Dirección General XIII de la Comisión Europea y actualmente integrado en el Ministerio de Industria y Energía. Más información sobre el representante español en el "Interim Board" se encuentra en: http://www.iana.org/submitted/boardnom.html Por otro lado, y como comentábamos anteriormente, Network Solutions, la entidad que gestiona los dominios .com, .net y .org, se beneficiará de una prórroga de dos años en el cumplimiento de sus actuales funciones (http://www.news.com/News/Item/0,4,27202,00.html). Algunas organizaciones, como la Electronic Frontier Foundation (http://www.eff.org/) han criticado las actitudes de la nueva organización "ICANN" y del Gobierno norteamericano por considerarlas poco transparentes. Apreciación ésta que, desde el boletín de los nombres de dominio, no podemos sino compartir necesariamente. Es increíble que la comunidad internacional no haya reaccionado en absoluto ante la prepotente actuación norteamericana que da la impresión de que nunca va a permitir que el sistema de nombres de dominio sea realmente internacional e independiente. Esperemos que, en el ámbito europeo, las autoridades de la Unión, siguiendo las directrices del informe del Consejo de Estado Francés, se opongan firmemente al proceso y a la prórroga aprobada unilateralmente por el ejecutivo del estado norteamericano. http://www.news.com/News/Item/0,4,27962,00.html?st.ne.ni.lh De igual forma, la Comisión de la cámara de representantes ha abierto una investigación sobre la transparencia con la que se está llevando a cabo el proceso que, según la comisión, se está efectuando a puerta cerrada sin la necesaria participación pública. El presidente de la comisión ha enviado sendas cartas al consejero presidencial Ira Magaziner y al Secretario de Comercio, William Daley, criticando el proceso de reforma. http://www.news.com/News/Item/Textonly/0,25,27665,00.html?st.ne.ni.pfv * Dominios en Suecia. El boletín electrónico E-LAW UPDATE #6 de 23 de octubre de 1998 (http://www.cyberlaw.se/english/nyhetsbr1.htm) comenta la decisión del consejo sueco para la apelación de nombres de dominio (NOD) nº 980929, en relación con el dominio cuya inscripción fue inicialmente denegada "reanult.se", admitiendo finalmente la procedencia del registro del referido nombre a favor de la entidad "Renault CONSULTING AB". En la actualidad, empiezan a ser numerosos los países que han optado por instaurar un sistema de arbitraje para dirimir las controversias que surgen en relación con el registro de nombres de dominio bajo los nacionales de primer nivel, entre estos países se encuentra, además de Suecia, el Reino Unido, así como Chile (http://www.nic.cl/reglamento.html). La utilización de este tipo de sistemas, evitará en gran medida el acceso de estos conflictos al sistema ordinario de Justicia. Además, sus decisiones tendrán un menor coste que las que se producen en la jurisdicción ordinaria, y serán mucho más rápidas, cumpliendo así uno de los requisitos de celeridad que han de ser tenidos en cuenta en materias relacionadas con Internet. |
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| © Javier A. Maestre desde 1997 |