El Boletín de DOMINIURIS Nº 34
(31 de julio de 2.002)

http://www.dominiuris.com
©dominiuris.com, 2.002
Sumario:

- Editorial

- III Congreso Iberoamericano Independiente sobre Nombres de Dominio. Nueva cita en Chile

- Aprobada la LSSICE

- Novedades sección doctrinal

* Explicación de los nombres de dominio. Por D. Javier de la Cueva.
* Explicación del DNS. Por D. Javier de la Cueva.

- Otras cosas

- Caso cortefiel.com. Sentencia de la Audiencia Provincial
- Traducción de los RFC al español
- Aprobación del Reglamento del dominio .eu por parte de la Unión Europea

- Informes y estudios:

- El dominio .eu: cuestiones para una organización de registro paneuropea. Daniel J. Paré, SPRU.

- Noticias sobre la ICANN

- Caso Barcelona.com

- Los nombres de dominio pueden sustituir a los números en los móviles

- Otras cosas

- Plan nacional sobre nombres de dominio
- Buscador de resoluciones de la OMPI
- El cierre del sistema de las Keywords de Real Names y Microsoft.


 

EDITORIAL

España ya cuenta con su Ley de Internet, que entrará en vigor allá por el día de la hispanidad, a mediados del mes de octubre. Los lectores de DOMINIURIS ya conocen los riesgos de esta normativa, frente a la que la comunidad internauta ha reaccionado prácticamente de forma unánime. En la actualidad, Kriptópolis, la veterana revista sobre seguridad que el pasado 8 de mayo de 2001 inició la campaña contra la Ley, en aquel entonces en fase de Anteproyecto, en la actualidad desarrolla una iniciativa para pedir el planteamiento de un recurso de inconstitucionalidad sobre la Ley.

Texto definitivo de la Ley: http://www.lssice.com/legislacion/lssice.html

Iniciativa por la declaración de inconstitucionalidad de la Ley: http://www.kriptopolis.com/net/tc.php

Dicha Ley afecta en gran medida a los nombres de dominio, pues, de un lado, obliga a la notificación del nombre a los registros públicos en los que el titular de la Web esté inscrito y, por otro, contiene una disposición adicional, incluida en la última fase de tramitación del texto, que constituye toda una Ley sobre Nombres de dominio.

Finalmente, destacamos cómo el negocio de las Keywords, que tanto prometía, se ha ido al traste, pues recientemente, las compañías que comercializaban el sistema anunciaron que éste dejaría de estar operativo. Hay personas que han invertido considerables cantidades en el negocio y se han quedado sin su pretendida Keyword. En fin, esto es Internet y de momento su gran volatilidad será la tónica dominante. Es realmente curioso que algo que parecía hace unos meses poder competir efectivamente con los nombres de dominio como principal sistema de identificación en Internet, ya apenas supone un resto en la memoria de los más avanzados internautas.

En cuanto a la ICANN, qué decir de ella, está dado, parece, sus último coletazos. Fijénse que hasta Karl Auerbach, del Caos Computer Club, y miembro elegido democráticamente para el Consejo de Dirección de la ICANN ha tenido que acabar pleiteando para hacer efectivos los derechos de su cargo. En fin, que las cosas, casi como siempre en Internet, están cambiando, pero en esta ocasión, la asíntota a la que nos dirige la tendencia, aún lejos, es ciertamente compleja y peliaguda. Pero aquí seguiremos, contra viento y marea para los lectores que, como usted, tengan interés en leernos.

Si todavía no se ha ido de vacaciones, que las disfrute en buena compañía, y si este boletín le llega ya de regreso, pues que le amenice un poco estos duros días, son mis deseos.

III CONGRESO IBEROAMERICANO INDEPENDIENTE SOBRE NOMBRES DE DOMINIO

Los estudiosos de los dominios, especialmente quienes desean conocer la opiniones no adoctrinadas y tener una visión de conjunto, pero rigurosa y plural, de la problemática jurídica de los nombres de dominio, tienen su cita anual en el Congreso Iberoamericano Independiente sobre Nombres de Dominio, que celebrará su tercera edición en Santiago de Chile.

Esperamos que, como en ocasiones anteriores, la celebración del evento sea un éxito. Quienes deseen más información pueden dirigirse a: http://www.nombresdedominio.cl

Aprobada la LSSICE, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico

En la dirección http://www.lssice.com podrán encontrar toda la información que necesitan sobre esta Ley. Aquí destacaremos lo que se refiere a los nombres de dominio:

- El artículo 9, titulado "Constancia registral del nombre de dominio", establece:


1. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España deberán comunicar al Registro Mercantil en el que se encuentren inscritos, o a aquel otro Registro Público en el que lo estuvieran para la adquisición de personalidad jurídica o a
los solos efectos de publicidad, al menos, un nombre de dominio o dirección de Internet que, en su caso, utilicen para su identificación en Internet, así como todo acto de sustitución o cancelación de los mismos, salvo que dicha información conste ya en el correspondiente
Registro.

2. Los nombres de dominio y su sustitución o cancelación se harán constar en cada Registro, de conformidad con sus normas reguladoras. Las anotaciones practicadas en los Registros Mercantiles se comunicarán inmediatamente al Registro Mercantil Central para su inclusión entre los datos que son objeto de publicidad informativa por dicho Registro.

3. La obligación de comunicación a que se refiere el apartado primero deberá cumplirse en el plazo de un mes desde la obtención, sustitución o cancelación del correspondiente nombre de dominio o dirección de Internet.

Además, se considerará infracción leve, sancionable con hasta 30.000 €, la falta de comunicación al Registro Público en que estén inscritos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, del nombre o nombres de dominio o direcciones de Internet que empleen para la prestación de servicios de la sociedad de la información.

- Por otro lado, la disposición adicional sexta, bajo el título, "Sistema de asignación de nombres de dominio bajo el «.es»", desarrolla lo que supone una especie de Ley general sobre dominios, ratificando la autoridad de la entidad pública empresarial Red.es, y perfilando, dentro de una considerable y considerada ambigüedad, el régimen jurídico de esta figura, con unas previsiones que, desafortunadamente, impulsará un proceso de subasta sobre los dominios de segundo nivel más apetecibles.

Texto definitivo de la Ley en: http://www.lssice.com/legislacion/lssice.html

NOVEDADES EN LA SECCIÓN DOCTRINAL.

www.dominiuris.com/boletines/doctrinal/index.htm

En esta ocasión, contamos con los siguientes trabajos:

- Dos interesantes novedades de Javier de la Cueva:
* Explicación de los nombres de dominio.
* Explicación del DNS.

- Nombres de dominio. Por Jorge Arias Bouzada. Urugay.

 

OTRAS COSAS

- Caso Cortefiel: Sentencia de la Audiencia Provincial de Gran Canaria, disponible en: http://www.dominiuris.com/documentacion/juris/cortefiel.htm

- Iniciativa de traducción de los RFC al español: http://www.rfc-es.org/

- Aprobación del dominio .eu. Texto del Reglamento aprobado por la Unión Europea


--- SECCIÓN PROFESIONAL ---

 

- Informes y estudios:

- Noticias sobre la ICANN:

- Caso Barcelona.com.

- Los nombres de dominio pueden sustituir a los números en los móviles

- Otras cosas:

- El plan nacional sobre nombre de dominio:
- Índice y buscador de resoluciones de la OMPI conforme a las UDRP
- El cierre de las Keywords:

GRACIAS POR SU ATENCIÓN Y APOYO

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