El Boletín de DOMINIURIS Nº 6
(1 de julio de 1.998)
Sumario:

- La nueva gestión de los nombres de dominio

- Primer caso de dominios en la India

- España: Caso SERTEL. Primer caso de dominios en España en que se dicta sentencia

- Reseñas bibliográficas: Milton Mueller

 

* LA NUEVA GESTION DE LOS NOMBRES DE DOMINIO

Ya han comenzado las iniciativas para implantar las directrices contenidas en el "libro blanco" estadounidense, y han surgido varios grupos que celebrarán conferencias en este sentido.

Una de estas iniciativas se autotitula Global Incorporation Alliance Workshop (http://www.giaw.org/) y han convocado una renunión a celebrar durante los días 1 y 2 de julio en Virginia (EE.UU.) para discutir sobre el establecimiento de la nueva entidad sin ánimo de lucro que gestione los dominios internacionales de primer nivel, y que en algunos ámbitos empieza a denominarse como la IANA II.

Don Heath, presidente de la ISOC, considera algo precipitada esta reunión, y ha anunciado que la propia ISOC auspiciará una renunión para tratar estas materias que tendrá lugar en Génova durante los días 24 y 25 de julio.

Otro grupo que ha surgido es el denominado "International Forum for the White Paper" (http://www.ifwp.org./) que se unirá a la reunión de los días 1 y 2 de julio, si bien, este grupo tiene previsto organizar otra reunión en Bruselas próximamente. La agenda de estas reuniones se puede obtener en: http://www.americas.ifwp.org/agenda.htm

Más información (en inglés): http://www.wired.com/news/news/politics/story/13150.html

Por su parte, la Comisión Europea también se une a la celebración de reuniones para ir decidiendo la configuración de la nueva IANA. En la página: http://www.ispo.cec.be/eif/dns/wpmeet.html se da cuenta de la reunión informativa que tendrá lugar en Bruselas el próximo 7 de julio.

PRIMER CASO DE DOMINIOS EN LA INDIA:

El tribunal "High Court of Delhi" adoptó las medidas cautelares solicitadas en el caso "Titan Industries Ltd. v Prashant Kooapati" relativo al conflicto sobre el derecho a la titularidad del dominio "tanishq.com". El demandante es el titular de la marca "TANISHQ" en 23 países y para productos de joyería y relojes, habiendo usado la referida marca en la India desde hace 4 años.

ESPAÑA

* CASO SERTEL: PRIMER CASO DE NOMBRES DE DOMINIO EN EL QUE SE DICTA SENTENCIA

España cuenta ya con otra resolución judicial emitida en casos de conflictos entorno a los Nombres de Dominio. Esta ha sido dictada en el caso SERTEL.

El conflicto sobre la titularidad del buscador OZU fue el primero sustanciado en España en el que se dictó resolución judicial (Auto de adopción de medidas cautelares), Auto que todavía no se ha cumplido efectivamente. El caso SERTEL, por su parte, constituye el primero que se encuentra referido exclusivamente a un dominio de segundo nivel bajo ".es" (en el caso OZU, el dominio en disputa es el ozu.com) y, además, probablemente sea el primero en el que se ha dictado Sentencia. Si bien, es necesario precisar, esta resolución judicial no contiene razonamientos de fondo dado que, ante el allanamiento de la parte demandada, la Sentencia se limita a estimar íntegramente los pedimentos de la parte actora.

La demandante era la sociedad "SERVICIOS DE TELEMARKETING, S.A.", titular de la marca registrada "SERTEL", y ejercía las acciones de violación de marca y competencia desleal que los respectivos grupos normativos confieren, en reclamación del dominio "sertel.es".

Por su parte, la demandada era la empresa balear "SERVEIS TELEMATICS DE BALEARS, S.L." que registró el nombre de dominio "sertel.es", sin tener inscrito el signo distintivo "sertel" ni estar autorizado por la demandante para su uso.

La demandante había solicitado el registro de la marca con fecha 16 de enero de 1.990, siendo concedida la misma con fecha 3 de febrero de 1.992. Desde entonces, esta sociedad ha venido utilizando tal signo distintivo en su documentación social y publicidad.

Por su parte la demandada, con el nombre "SERVEIS TELEMATICS DE BALEARS", inició su actividad el 11 de febrero de 1.992. Con posterioridad tanto a la solicitud como a la concesión del registro de la marca "SERTEL".

Planteadas las acciones judiciales antes mencionadas, la empresa demandada optó por la figura del allanamiento, aceptando así la petición de la parte actora sin efectuar oposición a la demanda, de forma que la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Palma de Mallorca, de fecha 18 de marzo, que puso fin al procedimiento, estimó íntegramente la demanda interpuesta.

Las partes enfrentadas firmaron un convenio de ejecución de Sentencia, en el que tras un periodo transitorio, que finalizaba el pasado 30 de junio, se acordaba la plena transferencia del dominio disputado (sertel.es) a la empresa demandante.

RESEÑAS BIBLIOGRAFICAS

Interesante estudio de Milton Mueller: http://istweb.syr.edu/~mueller/study.html

El Sr. Mueller, profesor de la Universidad de "Syracuse", realiza un análisis de los distintos litigios que han acontecido en torno a los nombres de dominio y las marcas. En total han sido analizados 121 casos de conflictos entre nombres de dominio y marcas (la lista de los casos considerados se puede obtener en: http://istweb.syr.edu/~mueller/list.html). Una de las conclusiones de este trabajo es que tan sólo el 12% de los casos obedece a una intención expresa de aprovecharse de la reputación de marcas ajenas y que el sistema judicial resulta ser bastante efectivo para estos casos. Si bien, es necesario puntalizar, estos casos, junto con los referidos únicamente a intenciones especulativas, suponen casi el 50% de las disputas que han acontecido sobre los nombres de dominio.

Mueller establece una calisifación con base en 4 categorías: "Infringement" (12'4% de los casos estudiados), referido a los conflictos en los que el titular del nombre de dominio tenía la intención clara de aprovecharse de la reputación de una marca ajena; "Speculation" (34'7% de los casos estudiados), que sucede cuando se registra un nombre de dominio coincidente con una marca ajena, pero no se utiliza el mismo, esperando que el titular de la marca decida adquirirlo (la diferencia fundamental, respecto de la anterior categoría es que aquí no existe una actividad competitiva con la marca registrada como nombre de dominio); "String conflicts" (48'8% de los casos estudiados), que aparecen cuando dos o más personas tienen, aparentemente, el derecho a utilizar una determinada denominación, estos casos suelen ocurrir cuando se trata de una marca constituida por un nombre genérico como "disc" o "prince" y; finalmente, "Parody, preemption and other" (4'1% de los casos estudiados), categoría genérica en la que encuadrar los supuestos no pertenecientes a las anteriores.

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