El Boletín de los Nombres de Dominio - Nº 9
(22 de septiembre de 1.998)


* LA NUEVA GESTION DE LOS NOMBRES DE DOMINIO

- LOS TRABAJOS DE LA OMPI

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sigue adelante con su proyecto para el establecimiento de un proceso de arbitraje que, a escala internacional, dirima las controversias que surjan en torno a los nuevos Nombres de Dominio cuya creación está prevista. La página principal del proceso es: http://wipo2.wipo.int/ Si bien, para hacerse una idea completa del sistema, es conveniente también echar un vistazo a la página dedicada a la actividad de arbitraje que desarrolla la OMPI: http://arbiter.wipo.int

Especialmente recomendable es la página de información básica, en la que se efectúa una breve explicación de los problemas que presentan los nombres de dominio con las marcas y de los últimos acontecimientos sobre su nueva gestión. La dirección es: http://wipo2.wipo.int/process/esp/background.html

También es de destacar que existe una versión del Libro Blanco estadounidense traducido al español en la dirección: http://wipo2.wipo.int/process/esp/Whitepaper-es.htm

Recientemente, se ha hecho público un comunicado (http://wipo2.wipo.int/process/esp/whatsnew.html) animando a los internautas a efectuar comentarios sobre el borrador denominado documento WIPO RFC-2, que regula el funcionamiento del sistema. Este documento ha sido preparadado por la OMPI y el Grupo de Expertos basándose en los comentarios sometidos en relación con el documento WIPO RFC-1.  El documento WIPO RFC-2 contiene información más detallada sobre la naturaleza de estos comentarios.

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- ACUERDO ENTRE LA IANA Y NETWORK SOLUTION (NSI)

Según se pone de manifiesto en las páginas de la IANA (http://www.iana.org/), esta institución ha alcanzado un acuerdo con la NSI (entidad que gestiona los dominios .com, .net y .org) para poner en marcha el nuevo sistema de Nombres de Dominio, de acuerdo con la directrices del Libro Blanco y las últimas reuniones que, al respecto, se han mantenido.

Una breve explicación (en inglés) del acuerdo alcanzado se encuentra en la dirección: http://www.iana.org/intro-coop.html

El borrador de texto articulado para la nueva IANA, sucesor del documento del cual se daba cuenta en el anterior Boletín, se puede encontrar en: http://www.iana.org/bylaws-coop.html

El nombre que, probablemente, adopte la entidad será "Internet Corporation for Assigned Names and Numbers": http://www.iana.org/articles-coop.html

Artículos comentando la noticia: http://www.wired.com/news/news/politics/story/14795.html http://www.techweb.com/wire/story/domnam/TWB19980914S0023 http://www.nytimes.com/library/tech/98/09/cyber/articles/19domain.html

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ESTADOS UNIDOS: SOBRE EL DOMINIO .US

En anteriores números de este boletín, se había comentado ya que las autoridades norteamericanas se estaban moviendo en relación con el dominio .us. A ello aludía, entre otros documentos, el Libro Blanco elaborado por Ira Magaziner. La Administración Nacional de las Telecomunicaciones e Información (INTA, en inglés), dependiente del Departamento de Comercio Norteamericano, ha publicado un documento pidiendo comentarios públicos, sobre el dominio .us.

El texto del referido documento se puede obtener en: http://www.ntia.doc.gov/ntiahome/domainname/usrfc/dotusrfc.htm

CASOS JUDICIALES: EEUU: caso tarifas de NSI. (Network Solutions Inc.) (Thomas, et al. v. Network Solutions, Inc., et al.

En el número 2º de esta publicación se daba cuenta de la resolución judicial, de fecha 3 de abril de 1.998, que declaraba la naturaleza tributaria de las tarifas aplicadas por NSI al registro de Nombres de Dominio (http://www.aira.org/legal/jh3.html). El tribunal de distrito entendió que la tarifa cobrada por NSI constituye un tributo sometido al principio "no taxation without representation". El Congreso norteamericano aprobó posteriormente, con carácter retroactivo, las tasas que NSI ha venido cobrando por el registro de nombres de dominio (http://www.news.com/News/Item/0,4,21722,00.html) de lo cual se daba cuenta en el boletín nº 3.

El juez Hogan, finalmente, ha declarado ajustadas a Derecho las tasas que se habían venido cobrando por el registro de Nombres de Dominio por parte de InterNIC. El abogado de la parte actora, por su parte, ha anunciado que recurrirá tal decisión judicial.

Artículos sobre el caso: http://www.news.com/News/Item/0,4,26004,00.html http://www.sjmercury.com/breaking/headline2/domain090398.htm , http://www.msnbc.com:80/news/192486.asp , http://www2.nando.net:80/newsroom/ntn/info/090298/info13_21287_noframes.htm , y http://www.usatoday.com:80/life/cyber/tech/ctd414.htm

INFORME DEL CONSEJO DE ESTADO FRANCES SOBRE LA LEGISLACIÓN E INTERNET.

El 8 de septiembre de 1.998, el prestigioso Consejo de Estado francés finalizó un informe muy esperado sobre la aplicación de la legislación francesa a Internet. En este documento, el Consejo de Estado indica que nuevas leyes serán necesarias para hacer frente a ciertas actividades comerciales desarrolladas "on-line". Areas como la privacidad, el comercio electrónico, criptografía, Tributación en Internet y propiedad industrial e intelectual, son las que en mayor medida precisarán de esta intervención legislativa. En un apartado muy discutido de este informe, se alude a la posibilidad de establecer una autoridad fin de asegurar el contenido moral de Internet, lo que nos recuerda a la malograda CDA estadounidense que, como todos los lectores sabrán, fue anulada por el Tribunal Supremo.

Una copia, en francés, del informe, se puede obtener en: http://www.internet.gouv.fr/francais/textesref/rapce98/accueil.htm

En esa misma página se comenta que habrá disponible una versión en español y otra en inglés en el mes de octubre.

El capítulo quinto de este informe se encuentra dedicado a los nombres de domino, y constituye el último eslabón de la guerra por el control de los dominios internacionales genéricos que se viene desarrollando desde hace tiempo.

En un primer momento, cuando se planteó la insuficiencia del actual Sistema de Nombres de Dominio (DNS, en inglés), Jon Postel, máximo responable de la IANA, planteó la posibilidad de crear un sistema con base en 150 dominios genéricos de primer nivel. A esta iniciativa, que no tuvo continuidad, siguió la del Memorandum de Entendimiento, auspiciada por las principales instituciones de Internet, en el marco de un proceso internacional.

Pero las autoridades norteamericanas, impulsadas por Ira Magaziner, saltaron rápidamente, diciendo que cuidado, que el sistema de nombres de dominio es un invento americano y que, de momento, no se va a dejar a la comunidad internacional hacerse cargo del mismo.

Las críticas que recibió este "Libro Verde" por parte de la comunidad internacional en general, y de los agentes que intervienen en Internet en particular, fueron prácticamente unánimes, entre las que cabe destacar la respuesta oficial de la Unión Europea que se centró especialmente en la falta de carácter internacional del proceso propuesto por el Departamento de Comercio estadounidense.

Recogiendo estas críticas, el referido departamento de comercio elaboró, finalmente, el denominado "Libro Blanco" que, como ya se expuso en este boletín (nº 5), consagraba el pleno sometimiento de la nueva entidad al Derecho de los Estados Unidos, a pesar de las declaraciones de intenciones que se quedaban en mero papel mojado. Fue de extrañar que, en su momento, no se efectuaran críticas a este fundamental aspecto del documento.

El reciente acuerdo alcanzado por la IANA y NSI, del que se da cuenta en este nº del boletín, daba la impresión de que el plan americano seguiría adelante, ante el mutismo de la comunidad internacional y, en especial, de las autoridades de la Unión Europea, incapaces de reaccionar frente a la prepotente actuación norteamericana.

Pero, afortunadamente, el Consejo de Estado francés, en un informe que se encuentra llamado a ser un punto de referencia básico en cuestiones legales relacionadas con Internet, al menos en materia de nombres de dominio, sale al paso de la actuación de los Estados Unidos, alzando la voz, enmendado la plana a su actuación, poniendo de manifiesto lo que de inaceptable tiene el plan elaborado por las autoridades norteamericanas. Ha sido, por tanto, el Consejo de Estado Francés, que tanto ha aportado a la construcción y al desarrollo del moderno Derecho Administrativo continental europeo, quien ha puesto de manifiesto los peligros que presenta la actuación estadounidense en materia de nombres de dominio.

Tan sólo el comienzo del texo, tras la breve introducción, es tremendamente ilustrativo de la posición que adopta el Consejo, al señalar sin dudas ni vacilaciones, como uno de los elementos criticables del actual sistema de nombres de dominio, que éste ha sido guiado, hasta el momento, esencialmente por los intereses norteamericanos en detrimento de la soberanía de los otros Estados. En concreto, así se pronuncia el Consejo de Estado: "et son évolution est, à l'heure actuelle, essentiellement guidée par les intérêts des Etats-unis, en méconnaissant largement la souveraineté des autres Etats."

Más avanzado el informe, se ocupa de la propuesta americana, afirmando que la estructura de la futura autoridad de regulación destinada a reemplazar a la IANA no presenta un carácter suficientemente internacional (En effet, la structure de la future autorité de régulation destinée à remplacer l'IANA n'a pas un caractère suffisamment international), dado que sería una entidad de Derecho Privado norteamericano, sometida, por tanto, a esta jurisdicción. Concluye este apartado el informe señalando que la supremacía americana para la gestión de nombres de dominio resulta ser inaceptable.

El otro punto básico, sobre el que gira el informe, se pone de manifiesto igualmente desde el principio como el otro elemento criticable del actual sistema, cual es la falta de respeto al Derecho de Marcas (il est très peu respectueux du droit des marques).

En fin, son muchas las cuestiones que plantea este documento que, desde luego, no tiene desperdicio, y que constituirá una referencia obligada de aquí al futuro.

Ahora, habrá que esperar a que las autoridades americanas valoren este documento. De momento, por tanto, tenemos guerra para rato, y los nuevos dominios deberán seguir esperando para que salgan a la luz.

FRANCIA, CASOS JUDICIALES.

En este número del Boletín de los Nombres de Dominio, hacemos un breve repaso a los nuevos casos franceses que han acontecido últimamente, siguiendo para ello la página que se encuentra enlazada en nuestra sede Web, en la sección los casos, como la más indicada para seguir de cerca lo que acontece en sedes judiciales francesas en relación con los Nombres de Dominio.La página principal de la recopilación de jurisprudencia sobre Internet que está llevando a cabo Daniel Duthil se encuentra en: http://www.legalis.net/jnet/index.htm y para los que no lo tengan aun en su bookmark, la dirección de la página dedicada a los dominios es: http://www.legalis.net/legalnet/judiciaire/internet_marques.htm

Otra dirección francesa en la que se pueden encontrar comentarios a algunos de los casos, efectuados por Lionel THOUMYRE, es: http://www.biozone.ml.org/juriscom/jurisfr/marques.htm

A continuación, los litigios concretos que se incorporarán a la sección fija: "los casos" de la sede Web del presente boletín.

Caso ALICE.

La compañía ALICE fue creada en 1.957 y es titular de la marca del mismo nombre desde 1.975 para productos de la clase 35 del Nomenclator, para servicios de publicidad. Otra compañía creada en 1.966, denominada igualmente ALICE, y dedicada a la programación informática, registró el dominio "alice.com", para alojar su sede Web.

La primera de las referidas empresas demandó a la segunda ejerciendo acciones de violación de marca y competencia desleal.

La empresa demandada argumentó que no hay violación de marca dado que los productos que comercializan ambas empresas son distintos sin que haya riesgo de confusión, en aplicación del principio de especialidad. Además, el registro del nombre de dominio fue perfectamente legal, basado en el principio de "first come, first served", que aplicaba la entidad encargada del registro del nombre de dominio..

Finalmente, el juez encargado del caso decidió en contra del criterio "first come, first served", a favor de la empresa demandante.

El Texto de la Resolución: Ordonnance de référé - Tribunal de grande instance de Paris - 12 mazo 1998: http://www.legalis.net/legalnet/judiciaire/decisions/ord_120398.htm

Comentarios a esta decisión: http://www.legalis.net/legalnet/judiciaire/commentaires/alice_120398.htm http://www.biozone.ml.org/juriscom/espace2/affairealice.htm

Comentario efectuado por el "Legal Advisory Board" de la Unión Europea: http://www2.echo.lu/legal/en/news/9808/chapter10.html

Caso "CHAMPAGNE CÉRÉALES"

Ordonnance de référé - Tribunal de grande instance de Versailles - 14 Avril 1998: http://www.legalis.net/legalnet/judiciaire/tgi_versailles_0498.htm

Caso "PAYLINE"

Ordonnance de référé - Tribunal de grande instance de Nanterre - 13 octobre 1997: http://www.legalis.net/legalnet/judiciaire/decisions/ord_131097.htm

Comentario del caso: http://www.biozone.ml.org/juriscom/espace2/affairepayline.htm

RESEÑAS BIBLIOGRAFICAS.

En el nº 1 de la Revista Electrónica de Derecho e Ialfa-redi.com (REDI) se publica un artículo de Enrique Bardales titulado "Conflicto entre los nombres de dominio en Internet y los Derechos sobre Marcas." Este artículo se puede obtener en: http://www.alfa-redi.com

© Javier A. Maestre, desde 1997

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